
Se trata de una paciente embarazada que se presenta en la consulta con una curiosa "petición" (véase cómo chirrían juntas las palabras “consulta” y “petición”):
La paciente solicita una amniocentesis –ella entraría, por edad, dentro del protocolo en el que esta prueba está aprobada y financiada por el SNS. Sin embargo, apunta: “engañé a mi marido, y no sabemos si es de él, y hemos decidido –recalco: ambos progenitores- hacer una prueba de paternidad para ver si es de él o no”. Para ello solicitan una muestra de líquido amniótico para realizarla y decidir sobre el futuro de nasciturus. Aportan una solicitud del laboratorio donde se va a realizar la prueba cromosómica.
Consultados los abogados del centro, se accedió a la petición, previa firma legal de la paciente.
Yo me hago las siguientes preguntas:
1. ¿A quién pertenece legalmente el material biológico extraído?
2. ¿La finalidad de la extracción de líquido no es un impedimento de la defensa de la vida, axioma ético por excelencia del médico? O, por el contrario, ¿el estar al principio de la cadena de sucesos exime de la responsabilidad y ésta recae en la que ejecuta la última decisión?
3. ¿Hemos de responder a las peticiones de los pacientes sea cual sea la finalidad de las mismas?
4. ¿El esconderse detrás de eximentes y despenalizaciones legales nos ha hecho pasar de la “legislación médica” a los “médicos bajo/detrás de la legislación”
Raúl